Póliza Básica de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil – Artículo 68 Ley de Tránsito N° 24.449 (X)
- • Muerte o Incapacidad Total y Permanente
Límite por Persona: Según Resolución N° 39927 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (*)
Límite por Acontecimiento: Según Resolución N° 39927 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (*) 
- • Incapacidad Permanente Total y Parcial. De acuerdo al % establecido en el Baremo Autorizado.
Obligación Legal Autónoma
1. Gastos Sanatoriales
Límite por Persona: Según Resolución N° 39927 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (*)
2. Gastos de Sepelio
Límite por Persona: Según Resolución N° 39927 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (*)
Límite Máximo por Persona: Según Resolución N° 39927 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (*) 
Seguro Voluntario de Responsabilidad Civil
- • Lesiones y/o Muerte de Terceros Transportados y No Transportados
 
- • Daños Materiales a Terceros No Transportados
Límite Máximo por Acontecimiento:  Según Resolución N° 39927 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (*) 
Beneficios Adicionales:
- 
- • Se incluye la Cobertura de Responsabilidad Civil en Países Limítrofes
 
 
Límites de Responsabilidad Civil
- • Lesiones y/o Muerte de Terceros Transportados y No Transportados:  Límite por Persona: Según Anexo CO-EX 2.1 Límite por Acontecimiento: Según Anexo CO-EX 2.1
 
- • Daños Materiales a Terceros No Transportados:   Límite por Tercero: Según Anexo CO-EX 2.1 Límite por Acontecimiento: Según Anexo CO-EX 2.1
 
- (x) NO CUBRE DAÑOS MATERIALES.
 
- (*) RIGE EXCLUSIVAMENTE PARA PÓLIZAS EMITIDAS A PARTIR DEL 01/09/2016